Alabado Sea Al-lah, Señor del Universo. Doy testimonio que nada ni nadie merece ser adorado sino Al-lah, y que Muhammad, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, es Su siervo y mensajero.
Como usted bien sabe, no está permitido depositar el dinero en los bancos usureros, excepto en casos urgentes o de una necesidad extrema que justifique esta acción, y se debe consultar a un ulema para determinar el grado de esta necesidad.
En base a esto, si usted necesita ingresar su dinero en tales bancos, puede ponerlo en una cuenta corriente que no tenga intereses. Si es necesario abrir una cuenta de ahorros y se obtienen intereses de este dinero, tiene que deshacerse de ellos gastándolos en cosas beneficiosas para los musulmanes. El interés aquí es el dinero que se aumenta sobre el capital. Al-lah, el Altísimo, Dice (lo que se interpreta en español): {…tenéis derecho al capital original, de esta forma no oprimiréis ni seréis oprimidos.} [Corán 2:279]
Si se aplican impuestos sobre los intereses y se recaudan de ellos, debe deshacerse de lo queda y no tiene que hacer nada más. Pero si los impuestos se aplican sobre el capital y usted quiere pagarlos de los intereses, entonces eso no está permitido; ya que tales intereses deben ser gastados en beneficios para los musulmanes, no en las necesidades de su dueño, excepto si es pobre y necesitado.