Las alabanzas a Al-lah, el Señor de todos los mundos. Atestiguo que no hay otro dios sino Al-lah, y que Muhammad, sallallahu ‘alayhi wa sallam, es Su siervo y Mensajero.
La legislación islámica es clara respecto a la validez del divorcio que se lleva a cabo cuando se está enojado. Los eruditos dicen que la validez de este divorcio depende del grado de enojo que se padeció al momento de pronunciar el divorcio. Al respecto, Ibn Al Qayyim, que Al-lah le dé Su perdón, dijo en su libro llamado A‘lam Al Muwaqqi‘in:
"Hay tres grados de ira: La primera es aquella que paraliza la mente, como si el hombre estuviera embriagado. Sin duda, en este caso, el divorcio no es válido. La segunda se manifiesta al principio del enojo de modo que el hombre entiende lo que dice y lo que intenta hacer. El divorcio es válido en este caso. El tercer tipo no afecta los procesos mentales, sino que merma la certeza y la reflexión, empujando al hombre fuera de su estado moderado. Este caso es un tema de Iytihad"
Quizás lo que le dijo este profesor sea la opinión del erudito Hanafita Ibn ‘Abidin, que Al-lah le dé Su perdón, quien dijo: "Me parece que para que sea inválido el divorcio en caso de enfado, no es una condición que el hombre llegue a no saber lo que dice, sino que es suficiente que la mayoría de sus palabras sean desatinadas y mezclen la seriedad con la alegría, como en el caso del borracho".
Y llamamos la atención a que la opinión aprobada por la escuela Hanafita es que el divorcio es válido de quien está en estado de ira.